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Divorcios tras el confinamiento por la COVID-19

Lamentablemente la situación de confinamiento continuado a que estamos obligados tras decretarse el Estado de Alarma por la Covid 19 está siendo entendida por muchas parejas como una situación insostenible a la hora de afrontar la convivencia.
Cuéntanos tu caso

Demasiadas horas juntos, la pareja, los hijos, el teletrabajo…un cocktail perfecto para fomentar disputas que en ocasiones hacen que muchas parejas se replanteen su futuro. Ahora bien, son muchas las dudas que una pareja se plantea cuando ha de tomar la decisión de divorciarse, o cesar en la relación de convivencia, máxime si hay hijos entre ellos, así como si hay patrimonio conjunto o una de las partes depende económicamente del otro. Para tomar una decisión y afrontar la misma es preciso conocer los derechos y obligaciones que en una situación de ruptura le corresponden a cada uno de los miembros de la pareja. En Vosseler Abogados un departamento específico y de expertos en derecho de familia abordan y despejan día a día estas cuestiones.

GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS

Una de las cuestiones que más preocupa a los padres es con quién deberán permanecer los hijos. Debemos partir alegando que con la normativa vigente actualmente, tanto en derecho común, es decir el que rige para casi todo el territorio español, como para las comunidades que tienen derecho foral propio, como puede ser Cataluña, si no hay circunstancias que desaconsejen dicha atribución, se entiende que la guarda y custodia compartida es la más beneficiosa para los hijos menores, de modo que los mismos permanecerán en periodos equitativos con uno y otro progenitor en periodos alternos, en cualquiera de las modalidades que existen. La casuística es muy amplia y se estará a lo que más aconseje para cada una de las familias, dependiendo de la edad, horarios laborales de los progenitores…etc.

Son muchas las veces en las que un progenitor, generalmente la madre, exigen que sea la guarda y custodia exclusiva para ellas con un régimen de visitas amplio a favor del padre. Pues bien, aunque la norma general aconseja que la guarda y custodia compartida es la más beneficiosa para los niños, por tener la presencia de ambos progenitores en su desarrollo, lo cierto es que en ocasiones, atendidas las concretas circunstancias del caso, se desaconseja que el régimen de guarda sea compartida. Una buena acreditación para defender la guarda y custodia exclusiva puede ser la clave para conseguir que el Juzgador valore que lo más positivo para los hijos menores sea atribuir la guarda y custodia exclusiva a favor de un solo progenitor.

USO DEL DOMICILIO

Quizás uno de los aspectos que en segundo lugar preocupa más a los miembros de una pareja que conviven en un domicilio conjunto que decidieron un día fuera el domicilio familiar, es éste, quién se queda a vivir en dicho domicilio.

Pues bien, aquí se han de tener en cuenta distintos factores, y así se les explica a los clientes de Vosseler Abogados. Por un lado quién se va hacer cargo de los hijos, pues si se atribuye la guarda de manera exclusiva a uno de los progenitores será dicho progenitor quien se vea beneficiado del uso, ya que la tendencia es atribuir a los hijos el derecho del uso del domicilio familiar. Sin embargo el problema se genera cuando se atribuye la guarda y custodia de manera compartida. Hace unos años estuvo de moda lo conocido como “piso nido” es decir que los padres tuvieran derecho del uso del domicilio el tiempo se atribuía la guarda, es decir si la guarda era compartida y por semanas alternas, el uso del domicilio iría unido a dichos periodos en favor de uno y otro progenitor de manera alternativa. Los constantes conflictos que generaban dicho sistema hicieron que la tenencia cambiara de modo que si la guarda y custodia es compartida se atribuirá a aque progenitor que tenga menores ingresos o una situación económica más crítica. De todos modos, siempre es más conveniente estudiar el caso en concreto, puesto que hay otros factores que pueden afectar a la atribución de dicho derecho.

FAMOSO “ABANDONO DEL HOGAR”

Son muchos los miembros de la pareja clientes de Vosseler Abogados que nos consultan si tendrán alguna consecuencia si abandonan temporalmente el hogar, por temor a ser condenados por ese presunto abandono. La respuesta es NO. Es más la norma aconseja que en caso de conflicto, aunque sea de manera temporal uno de los miembros de la pareja abandone temporalmente el mismo. Desde la calma, se adoptan muchos mejores acuerdos y no por no convivir de manera temporal se pierde el ejercicio de los derechos futuros.

PENSIÓN DE ALIMENTOS

Dependerá de la guarda y custodia que finalmente se establezca, la contribución a los gastos de asistencia de los hijos. Muchos clientes de Vosseler Abogados consideran que cuando se establece la guarda y custodia compartida, al disfrutar los progenitores de tiempos equitativos, no han de pagar pensión de alimentos de sus hijos. Y aunque no les falta razón en la mayoría de los casos, en ocasiones, cuando los ingresos de los progenitores son muy dispares y desequilibrados, el Juez puede y debe establecer una pensión de alimentos a favor de los hijos, para ayudar a que el otro progenitor asuma los gastos de asistencia de los hijos mientras permanecen en su compañía. Habrá que hacer una clara distinción de los gastos ordinarios, extraordinarios y extraescolares. Una buena precisión de estos gastos y de las obligaciones de los padres respecto a ellos, será determinante para evitar así ejecuciones futuras.

PENSIÓN COMPENSATORIA

Muchos clientes de Vosseler Abogados, vienen al despacho con dudas acerca de si tienen derecho a esta pensión y confundiendo este derecho con la compensación económica por razón de trabajo. En Vosseler Abogados damos las explicaciones pertinentes y preparamos las estrategias para que el resultado sea el más óptimo posible, permitiendo que la ruptura sea lo más ajustada a derecho posible.

En Vosseler Abogados un equipo de letrados especializados en derecho de familia te ayudarán a alcanzar los mejores acuerdos para los miembros de la familia, priorizando siempre en los intereses de los niños así como de cada uno de nuestros clientes. De no ser posible el acuerdo, disponemos de los mejores Letrados procesalistas para conseguir en pleitos los mejores resultados.

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