El Juzgado de lo Penal nº1 de Figueres (Girona) acogió desde el martes,16 de septiembre, el juicio oral por el siniestro de tráfico que costó la vida en 2021 a Daniel Mauriz Hernández. Este joven de 19 años fue embestido por un coche cuando regresaba a su casa en patinete eléctrico. Daniel había cumplido su jornada laboral, en horario nocturno, en Empuriabrava. El conductor del vehículo, vecino de Sant Miquel de Fluviá (Girona), tenía 25 años. Tras atropellar a Daniel huyó, y dio positivo en la prueba de alcoholemia cuando fue detenido. El juicio oral está visto para sentencia.
La acusación particular, que ejerce el letrado Álvaro Machado, de Vosseler Abogados, en representación de la familia de Daniel, reclama un total ocho años de cárcel para el imputado, J.M.S.M. Considera que circulaba bajo los efectos del alcohol y a una velocidad superior a la permitida. «El encausado, antes de llegar al lugar de la colisión, tampoco adoptó ninguna cautela. Ni aminoró la velocidad. Y eso a pesar de existir en su recorrido tres pasos de peatones señalizados por donde había gente transitando», subraya el escrito de la acusación.
También remarca que cuando el imputado salió de su coche, «con manifiesto desprecio o indiferencia hacia la vida o estado de salud de la víctima. Y en un acto ajeno a la solidaridad humana, huyó [a pie] del lugar del accidente«. Una hora y media después del siniestro, el padre del acusado acompañó a su hijo a comisaría.
Los hechos
El 10 de octubre de 2021, hacia las 6.00 horas, J.M.S.M. conducía, bajo los efectos de bebidas alcohólicas, un vehículo de la marca AUDI, con el consentimiento de su propietaria y pareja sentimental, A.L.M., sin disponer de seguro de responsabilidad civil.
Al entrar en la localidad de Empuriabrava, y en una vía con limitación de velocidad de 50 Km/h, aceleró progresivamente hasta los 78 Km/h. No se percató de la presencia en su mismo carril del patinete que conducía Daniel.
Sin percibir las luces del patinete, ni tampoco las señales de alarma acústicas del sistema de seguridad del AUDI, que le avisaban de la presencia frontal del patinete (y que activó el sistema automático de frenada), aceleró, embistiendo violentamente a Daniel en alcance trasero y proyectando el cuerpo del joven a más de 18 metros de distancia en el asfalto.
Tras la colisión y perder el control del AUDI, que impactó con otros vehículos estacionados en la vía y quedó inutilizado, J.M.S.M. huyó a pie.
Una hora y media después del siniestro mortal, localizaron a J.M.S.M. y su padre le acompañó a la comisaria. Allí, a las 7.23 horas dio una tasa de alcohol de 0,40 mg/l en aire espirado, y 0,38 mg/l, a las 7.37 horas. La tasa de alcohol permitida en España es de 0,25 mg/l en aire espirado.
Cuatro delitos
Así, en su escrito de acusación, el letrado Álvaro Machado señala que estos hechos son constitutivos de cuatro delitos: “Por conducir bajo los efectos del alcohol, por conducción temeraria, un delito de homicidio por imprudencia grave y delito de abandono del lugar del accidente”. Asimismo, Álvaro Machado incluye en su escrito de acusación a la propietaria del AUDI, A.L.M., como responsable civil.
También apunta el letrado que se imponga la pérdida de la vigencia del permiso de conducir a J.M.S.M. Cabe señalar que en febrero de 2022, cuatro meses después del accidente mortal, Vosseler Abogados ya presentó un recurso contra la decisión judicial de devolver el carné de conducir al acusado, que a raíz del siniestro tenía prohibido conducir.
Acusación de Fiscalía
En su escrito de acusación, Fiscalía señala que, el acusado, “con una falta absoluta de atención a las circunstancias de la vía, medio segundo antes de la colisión, “apretó el pedal del acelerador al máximo. El propio sistema de frenada emergencia del vehículo se apercibió de la presencia del peatón y redujo automáticamente la velocidad. Pero no pudiéndose evitar aun así la colisión debido al exceso de velocidad (…) A causa de la colisión, el Sr. Mauriz salió proyectado a 18,8 metros del vehículo”.
“Una vez producido el accidente -continúa el escrito de Fiscalía-, el acusado, pese a ser perfectamente consciente de que se había producido un accidente y ver al Sr. Mauriz inconsciente y con heridas evidentes, “se fue del lugar del accidente, dejando el vehículo en el sitio”.
Una hora después del atropello, el acusado se personó en la comisaría de la Policía Local de Empuriabrava. Allí dio una tasa de alcohol de 0,40 mg/l de alcohol en aire espirado.
Petición de firmas
Ya en 2022, Vosseler Abogados inició una recogida de firmas para pedir al Congreso una reforma legislativa «para introducir el dolo eventual cuando haya conducción temeraria y alcohol o drogas», ha explicado Álvaro Machado, para que estos casos no se consideren una imprudencia, sino un homicidio y conlleven penas más altas.