
El pasado 1 de octubre entró en vigor la última gran modificación del Reglamento General de Circulación aprobada por la Dirección General de Tráfico (DGT). Esta reforma supone un cambio de paradigma en la seguridad vial, poniendo el foco principal en la protección de los llamados colectivos vulnerables. Es decir, peatones, ciclistas, usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y motoristas.
Como firma especializada en accidentes de tráfico, en Vosseler Abogados analizamos diariamente cómo la normativa impacta en la determinación de responsabilidades y en la seguridad de nuestros clientes. A continuación, desglosamos de forma clara y precisa las nuevas normas.
Vehículos de Movilidad Personal (patinetes eléctricos)
El auge de los patinetes eléctricos ha obligado a la DGT a endurecer las normas del Reglamento de Circulación para garantizar su convivencia segura con el resto de usuarios:
- Edad mínima: Se fija en 15 años la edad mínima legal para poder conducir un VMP a nivel nacional.
- Equipamiento obligatorio: El uso del casco de protección pasa a ser obligatorio para todos los usuarios. Además, se exige el uso de chaleco reflectante de noche o en condiciones de baja visibilidad.
- Uso profesional (Riders): Quienes utilicen un VMP para su actividad profesional deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
- Vías de circulación: Fuera de los núcleos urbanos, se autoriza su circulación por vías segregadas, como carriles bici o vías ciclistas.
(Nota: La obligación de llevar el alumbrado siempre encendido entrará en vigor el 1 de octubre de 2027).
Novedades para ciclistas
La protección del ciclista, tanto en ciudad como en carretera, es uno de los pilares fundamentales de esta reforma:
- Adelantamientos en carretera: Se endurecen las normas. Para adelantar a un ciclista en vías interurbanas, el conductor deberá dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros, reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y cambiar por completo de carril si existe más de un carril por sentido.
- Uso del casco: Se suprimen las exenciones. El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los ciclistas. Al igual que en los VMP, los riders en bicicleta deberán usar casco y chaleco siempre.
- Circulación urbana: Las bicicletas deben circular preferentemente por el centro del carril. Los vehículos a motor que circulen detrás de un ciclista deberán mantener una distancia mínima de 5 metros.
Motocicletas y ciclomotores
El colectivo motorista también experimenta cambios significativos en cuanto a equipamiento y circulación en situaciones de atasco:
- Circulación por el arcén: En situaciones de congestión de tráfico, se permite a las motocicletas circular por el arcén derecho a una velocidad máxima de 30 km/h, siempre y cuando el tramo esté previamente señalizado.
- Equipamiento: Es obligatorio el uso de calzado cerrado en todo tipo de vías. Además, el uso de guantes de protección será obligatorio en vías interurbanas.
(Nota: La obligación de utilizar un casco homologado (no solo certificado) entrará en vigor el 1 de octubre de 2027).
Normas generales para los conductores
La actualización del Reglamento de Circulación de la DGT no solo afecta a los vulnerables. Se introducen normas para el resto del tráfico orientadas a la seguridad y las emergencias:
- El Carril de Emergencia: Cuando se produzca una retención y los vehículos estén detenidos o circulando a paso de peatón, es obligatorio orillarse para dejar un espacio central libre que permita el paso a vehículos de emergencia y policía.
- Rebasar vehículos inmovilizados: Al pasar junto a un vehículo inmovilizado por accidente, avería o auxilio, se debe guardar un margen de 1,5 metros y reducir la velocidad 20 km/h.
- Pasos de peatones: Como norma general, queda prohibido que los semáforos coincidan con la luz ámbar intermitente para los vehículos mientras esté la luz verde para los peatones* .
- Circulación con nieve: En autovías y autopistas, si hay nieve, queda prohibido adelantar, debiendo circular solo por el carril derecho y dejando el izquierdo libre para máquinas quitanieves y emergencias.
(*Nota: Actualmente, Barcelona se encuentra en una situación de limbo o fricción legal: la normativa estatal ya está vigente, pero el volumen de semáforos afectados hace imposible su cumplimiento inmediato por parte de la administración local sin provocar un caos circulatorio).
¿Qué implica esto en caso de accidente?
El incumplimiento de estas nuevas normas está tipificado como infracción grave (con sanciones de 200 euros). Sin embargo, desde el ámbito legal, su relevancia va mucho más allá de la multa. En caso de sufrir o provocar un accidente de tráfico, el no respeto de estas directrices puede ser determinante para establecer el grado de culpa o negligencia de las partes implicadas a la hora de reclamar una indemnización.
Si te has visto involucrado en un accidente de tráfico, ya seas peatón, ciclista, usuario de patinete o conductor, contar con un asesoramiento legal especializado es fundamental para proteger tus derechos. En Vosseler Abogados somos expertos en la reclamación de daños y lesiones por accidentes de tráfico.