En mayo de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSCJ) desestimó el recurso de apelación y confirmó la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial contra A.P.R. quien, durante su servicio como taxista, insultó, vejó y agredió a una pareja de mujeres homosexuales y a una amiga de ambas que las intentó ayudar. Y justo un año después, es el Tribunal Supremo quien desestima el recurso de la defensa y ratifica la condena.
Como ya dijo en su momento Álvaro Machado, letrado de Vosseler Abogados que representa legalmente a las víctimas de la agresión homófoba, la ratificación de la condena por parte del Supremo demuestra “el compromiso de la Justicia en la lucha contra las desigualdades y los prejuicios de determinadas personas que atacan a los colectivos vulnerables de forma indiscriminada”.
En noviembre de 2022, la Audiencia Provincial condenó a A.P.R. a seis meses de prisión, y dos multas (que sumaban 1.350 euros) por un “delito relativo al ejercicio de los derechos públicos” y “tres delitos leves de lesiones”. La defensa de A.P.R. presentó un recurso ante el TSJC, que fue desestimado, y confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial.
La defensa de A.P.R. optó por presentar un recurso de casación a la última instancia, el Tribunal Supremo, que ahora ha procedido a la inadmisión del recurso, ratificando así la sentencia condenatoria. Ante esta resolución, ya no cabe la interposición de recurso ordinario alguno.
Antecedentes
Los hechos se sitúan el 3 de marzo de 2019, en el aparcamiento de la discoteca ROW de Viladecans. Tal como recoge la sentencia, hacia la medianoche, A.P.R. increpó desde su taxi a una pareja de mujeres que se estaba besando con frases como: «esto es lo que os gusta» (…) «guarras» (…) «bolleras de mierda».
Ante los insultos, una de las víctimas golpeó con la mano la puerta izquierda del taxi, con la intención de indicarle que se apartara de ellas. Pero en vez de seguir su camino, A.P.R. se bajó del vehículo y se encaró a la pareja insultándolas con palabras vejatorias como «guarras» y «bolleras de mierda».
Una amiga de la pareja quiso interceder, pero solo consiguió que A.P.R. la agrediera: la cogió por la muñeca y, con el «fin de causarle lesiones» (tal como señala la sentencia de la Audiencia Provincial), le propinó un puñetazo en la cara y la derribó al suelo, donde permaneció inconsciente unos momentos. A continuación, agredió a la pareja: empujó y tiró al suelo a una de ellas y, a la otra, le propinó un puñetazo en la boca. Las tres sufrieron lesiones de diversa consideración.