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Medidas legales contra el impago de alquileres en Barcelona

alquiler

Pasos puede dar un arrendador y qué protección legal existe

El impago del alquiler es una de las problemáticas más frecuentes a las que se enfrentan propietarios de viviendas en Barcelona. Ante esta situación, el ordenamiento jurídico español ofrece herramientas para reclamar las rentas debidas y, si es necesario, recuperar la posesión del inmueble. En este artículo explicamos qué pasos puede dar un arrendador y qué protección legal existe en estos casos.

¿Qué hacer ante el impago de la renta?

El primer paso cuando el inquilino no abona el alquiler es verificar el incumplimiento contractual y tratar de resolver el conflicto de manera amistosa. Es recomendable enviar un burofax con acuse de recibo o una comunicación fehaciente solicitando el pago y advirtiendo de las consecuencias legales. Este paso previo puede servir como prueba en un eventual proceso judicial.

Si no se llega a un acuerdo, es posible iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago, el mecanismo judicial previsto para resolver estos conflictos.

Procedimiento de desahucio por impago

El proceso de desahucio se tramita a través de la jurisdicción civil y comienza con una demanda judicial. En Barcelona, estos procedimientos se presentan ante el juzgado de primera instancia correspondiente al lugar del inmueble.

Los pasos habituales son:

  1. Presentación de la demanda, que puede incluir la reclamación de rentas impagadas y la solicitud de desalojo.

  2. Requerimiento al inquilino para que pague, abandone la vivienda o se oponga en el plazo de 10 días.

  3. Señalamiento de juicio (si hay oposición) o emisión de auto de desahucio en caso contrario.

  4. Lanzamiento o desalojo, ejecutado por la comisión judicial si el inquilino no abandona voluntariamente.

Es fundamental contar con un abogado especializado en derecho civil y arrendamientos urbanos, como los que ofrece Vosseler Abogados, para tramitar este proceso con las máximas garantías.

¿Cuánto tiempo tarda?

El plazo depende de la carga de trabajo del juzgado y de si el inquilino se opone a la demanda. En muchos casos, si no hay oposición, el desahucio puede ejecutarse en unos tres a seis meses. Si hay juicio, el proceso se alarga, aunque la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil ha permitido agilizar estos procedimientos.

Reclamación de cantidades impagadas

Además del desalojo, el arrendador puede solicitar en el mismo proceso el pago de las rentas debidas, así como los suministros impagados. Si el inquilino no paga voluntariamente, se puede iniciar una ejecución forzosa, que puede incluir embargos de nómina, cuentas bancarias o bienes.

En casos donde la deuda sea inferior a 6.000 euros, también puede utilizarse el procedimiento monitorio, una vía más ágil para reclamar judicialmente sin necesidad inicial de abogado, aunque sí será necesario si el deudor se opone.

Alternativas extrajudiciales

Además del procedimiento judicial, existen otras vías como:

  • La mediación, que puede facilitar acuerdos sin llegar a juicio.

  • El arbitraje, si así se pactó en el contrato.

  • La cobertura de seguros de impago, que cubren tanto las rentas como los gastos judiciales.

Contar con un contrato sólido desde el inicio, con cláusulas claras sobre plazos, penalizaciones y resolución del contrato, ayuda a evitar muchos conflictos. Aquí puedes consultar más sobre los derechos y obligaciones legales de los propietarios de viviendas en Barcelona.

Apoyo jurídico especializado

Si te enfrentas a un caso de impago, es esencial contar con un bufete de abogados en Barcelona que domine la legislación sobre arrendamientos urbanos y procedimientos de desahucio. En Vosseler Abogados, nuestro equipo de expertos ofrece asesoría personalizada para defender tus intereses y recuperar la posesión de tu inmueble de forma eficaz y legal.

Autor Vosseler Abogados

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