En nuestro compromiso por mantenerles informados sobre las novedades legislativas que impactan directamente en nuestro día a día, en esta ocasió analizamos la Ley 1/2025, de 20 de febrero, de la Generalitat de Catalunya, sobre la prevención de las pérdidas y el desaprovechamiento alimentario. Esta normativa, pionera en muchos aspectos, busca combatir el grave problema del desperdicio de alimentos y sienta un precedente importante en la gestión responsable de los recursos. Es decir, la ley plantea qué se puede hacer con lo que no te has acabado en un restaurante.
Un enfoque Integral contra el desperdicio
La Ley 1/2025 tiene un objetivo claro: reducir drásticamente las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumo final. Para ello, establece una serie de medidas y obligaciones que afectan a diferentes actores, incluyendo, de manera muy particular, al sector de la restauración.
La normativa no solo se centra en la reducción del desperdicio, sino que también promueve la redistribución de alimentos aptos para el consumo humano a través de bancos de alimentos y otras entidades sociales, y fomenta la valorización de los excedentes no aptos para el consumo como subproductos o compost.
Artículo 8: La obligación del ‘tupper’ en restaurantes:
Uno de los puntos más relevantes y que genera mayor interés para los restauradores es el artículo 8 de esta ley. Dicho artículo establece la obligación para los establecimientos de restauración de facilitar a sus clientes la posibilidad de llevarse los alimentos que no hayan finalizado en el local.
¿Qué significa esto en la práctica? Pues en la práctica plantea:
- Ofrecer recipientes reutilizables: Los restaurantes deberán disponer de recipientes adecuados, aptos para uso alimentario y preferiblemente reutilizables o compostables, para que los clientes puedan transportar la comida sobrante de forma higiénica y segura.
- Información clara al cliente: Es fundamental informar a los clientes de esta opción, ya sea a través de la carta, cartelería visible o el propio personal del establecimiento.
- Sin coste adicional: La ley especifica que el hecho de facilitar estos recipientes y la posibilidad de llevarse la comida no podrá suponer un coste adicional para el cliente.
- Condiciones higiénico-sanitarias: La manipulación y entrega de estos alimentos deberán realizarse siempre bajo estrictas condiciones de higiene y seguridad alimentaria, garantizando la trazabilidad y el buen estado de los productos.
Oportunidades y beneficios
Aunque inicialmente pueda parecer una carga adicional, esta medida puede generar una serie de beneficios para los restaurantes:
- Imagen y Responsabilidad Social Corporativa: Demostrar compromiso con la sostenibilidad y la reducción del desperdicio alimentario mejora la imagen del establecimiento y refuerza su Responsabilidad Social Corporativa, un valor cada vez más apreciado por los consumidores.
- Satisfacción del cliente: Ofrecer esta opción puede aumentar la satisfacción del cliente, ya que les permite disfrutar de la comida en casa y evitar el sentimiento de haber desperdiciado alimentos por los que han pagado.
- Reducción de costes a largo plazo: Aunque la inversión inicial en recipientes pueda ser un factor a considerar, la reducción del desperdicio de alimentos en el establecimiento podría generar ahorros a largo plazo en la gestión de residuos y la compra de inventario.
- Adaptación a las nuevas tendencias: Los consumidores están cada vez más concienciados con el impacto ambiental de sus hábitos. Adaptarse a estas nuevas tendencias es clave para mantener la competitividad y atraer a un público más sensible a estas cuestiones.
Asesoramiento legal de Vosseler Abogados
Desde nuestro despacho, estamos a su disposición para asesorarles en todo lo relacionado con la implementación de esta nueva normativa. Así, podemos ayudarles a:
- Interpretar la ley: Resolver cualquier duda sobre el articulado y sus implicaciones específicas para su negocio.
- Desarrollar protocolos internos: Crear procedimientos claros y eficientes para cumplir con las obligaciones del artículo 8, desde la gestión de los recipientes hasta la formación del personal.
- Asesoramiento en comunicación: Ayudarles a comunicar eficazmente esta nueva política a sus clientes.
- Defensa y cumplimiento: Representarles ante cualquier requerimiento o inspección por parte de las autoridades competentes.
La Ley 1/2025 es un paso adelante en la lucha contra el desperdicio alimentario en Cataluña. Adaptarse a ella no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para su restaurante de demostrar un compromiso con la sostenibilidad y mejorar la experiencia de sus clientes.